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¿Cómo hacer válido un seguro de vida?

Todos los créditos que ofrece el Fondo de Vivienda del ISSSTE (crédito conyugal, tradicional, etc.) cuentan con su respectivo seguro de vida.

Lo ideal es nunca utilizarlo, pero siempre será un respiro saber que tienes el respaldo de uno.

Crédito Conyugal

No solo por ti se piensa en este seguro, sino por tus seres queridos o quien dependa de ti. ¿Por qué? Porque de esta manera se les puede condonar el crédito y evitas pasarles tu adeudo y problemas que pueden derivarse de esto.

Sí te encuentras en la situación de requerir hacer válido el seguro de vida de tu pareja en caso de crédito conyugal, toma en cuenta lo siguiente.

Ojo, también si deseas prevenir a tu familia, procura mandarle esta información para que se encuentren preparados ante cualquier situación, o si deseas ayudar a alguien, compártele este artículo. O si deseas saber otros casos como: «¿Qué pasaría si me separo de mi pareja?» o «¿Qué pasa si mi pareja quiere dejar de pagar?«, te invitamos a leer nuestros artículos.

Crédito conyugal

Solicita tu liquidación de crédito hipotecario Fovissste por defunción

Comprendemos que si se suscita este caso es probable que te encuentres ocupado por cientos de cosas, pero te recomendamos que, si tu pareja tenía un crédito fovissste o si compartían a través de crédito conyugal, solicites el siguiente documento:

Solicitud de liquidación de crédito hipotecario del Fovissste por defunción del acreditado.

Con este documento puedes hacer tu trámite en línea o bien, de forma presencial acudiendo a la oficina de la delegación que te corresponda.

Si no conoces cuál es, puedes consultarla en el directorio de departamentos de Vivienda Fovissste.

Cabe mencionar que este no tiene ningún costo y solo necesitas tener los siguientes documentos.

Documentos para solicitar el seguro de vida:

  1. Identificación oficial vigente del acreditado y del beneficiario (el cónyuge en este caso).
  2. Escritura pública inscrita en el registro público de la vivienda o el documento legal que soporte el otorgamiento del crédito.
  3. Acta de defunción.
aprobado

Y listo, solo debes de esperar la respuesta del instituto.

Ahora bien, ¿Por qué no te harían válido el seguro de vida? Por una razón muy sencilla: que el derechohabiente haya dejado de pagar el seguro o que cuente con atrasos.

Si pasa esto, lo que debes hacer como beneficiario o quien sea que haga válido el seguro, es pagar la deuda o los meses que no se abonaron. Con esto es más probable que el seguro sea autorizado.

Aspectos que tomar en cuenta

Si tu pareja era el dueño del 100% del crédito, entonces la deuda se condonará en su totalidad.

No obstante, si tu pareja y tú comparten un crédito conyugal, entonces solo se liquida la deuda del derechohabiente que falleció. Tu parte del crédito la tendrás que continuar pagando.

Otro aspecto que debes tener presente es la situación en que tu pareja no fallezca, pero se inhabilite para trabajar de forma permanente. Afortunadamente también existe un seguro para esto y las mismas condiciones se aplican.

¿Qué condiciones? Que los pagos se encuentren al corriente.

Existe otro escenario donde igual se condona la deuda, pero no es por fallecimiento, sino por incapacitación de forma permanente. A continuación, la mencionaremos.

¿Qué pasa si el derechohabiente del crédito queda incapacitado de forma permanente?

El proceso es el mismo, es decir, puedes hacerlo en línea o de forma presencial. La primera diferencia es el tipo de documento para iniciar el trámite, el cual es:

Solicitud de liquidación de crédito hipotecario del Fovissste por incapacidad total, permanente o invalidez del acreditado.

Y, los documentos que necesitarías son exactamente los mismos excepto por dos. Aun así, no está por demás mencionarlos todos.

Documentos para solicitar seguro en caso de incapacidad permanente

  • Identificación oficial vigente del acreditado
  • Concesión de pensión por incapacidad total permanente o invalidez
  • Escritura pública inscrita en el registro público de la propiedad o el documento legal que asegure el otorgamiento del crédito.
  • Dictamen médico expedido por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE).

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